domingo, junio 22

Histórica decisión del TCP: nadie podrá ser presidente de Bolivia más de dos veces, sin excepción

TCP

La Sentencia Constitucional Plurinacional 007/2025 emitida por el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) marca un hito en la historia política de Bolivia al establecer que ninguna persona podrá ejercer el cargo de presidente o vicepresidente más de dos veces, ya sea de forma continua o discontinua.

El decano del TCP, René Espada, explicó este miércoles que la decisión fue tomada por unanimidad por los nueve magistrados y ratifica que, desde el actual marco constitucional, la reelección indefinida queda descartada para cualquier ciudadano boliviano.

A partir de esta sentencia queda consolidado que, desde el actual marco constitucional, ningún ciudadano boliviano, bajo ninguna circunstancia, puede ejercer más de dos veces el cargo electo de presidente y vicepresidente, sea este de forma continua o discontinua”, afirmó Espada ante los medios de comunicación.

La sentencia está respaldada por fallos previos del mismo tribunal (Sentencia Constitucional 1010/2023 y Acuerdo Constitucional 0083/2024) y por la Opinión Consultiva 28/21 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que establece que la reelección indefinida no es un derecho humano autónomo, como había sido interpretado en la polémica Sentencia Constitucional 084/2017.

El presidente del TCP, Gonzalo Hurtado, destacó la trascendencia de la decisión tomada por unanimidad. “Quedará en la historia la sala plena que presidí, donde los nueve magistrados decidimos resolver un tema que ha sido motivo de disputa política en los últimos años”, afirmó.

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Además, el TCP reiteró que las elecciones nacionales previstas para el 17 de agosto deben desarrollarse sin interferencias ni amenazas. Espada advirtió que cualquier intento de paralizar el proceso electoral será objeto de sanciones conforme a la normativa vigente.

Antecedentes del caso

El recurso de inconstitucionalidad abstracto que derivó en esta sentencia fue presentado el 13 de diciembre de 2024 por los diputados disidentes de Creemos, Leonardo Ayala y José Carlos Gutiérrez. Los legisladores cuestionaron la constitucionalidad de artículos de la Ley 381 de Aplicación Normativa y de la Ley 026 de Régimen Electoral, que antes permitían la reelección continua.

Respuesta del entorno de Morales

Pese al fallo del TCP, desde el entorno del expresidente Evo Morales persiste el rechazo a esta decisión. Wilfredo Chávez, abogado del exmandatario, aseguró que la sentencia les tiene “sin cuidado” y que Morales está habilitado para postular.

“Nos tiene sin cuidado, de verdad, lo que diga o no diga el Tribunal Constitucional, porque sencillamente lo que va a pasar es que Evo está habilitado”, dijo Chávez en conferencia de prensa.

La sentencia abre una nueva etapa en la política nacional, con implicaciones directas sobre las candidaturas rumbo a las elecciones generales de 2025.